Nicholson y Cano Abogados, uno de los principales estudios corporativos de Argentina, anuncia el lanzamiento del Centro de Análisis Jurídico COVID-19 en http://nicholsonycano.com.ar/covid/.
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El fenómeno del COVID-19 y la Normativa de Emergencia: su impacto en el Sector Inmobiliario y de la Construcción. Afectación en las actividades del Sector. Afectación en las relaciones jurídicas (vínculos contractuales). Aspectos prácticos a ponderar en cada caso.
La pandemia desencadenada por el virus COVID-19 en el mundo, y cuyas consecuencias son aún imprevisibles y difíciles de mensurar, tendrá también impacto significativo en la industria aseguradora. Se persigue con el presente tratar de identificar -desde una perspectiva legal- algunas de aquellas cuestiones en las cuales resultará esencial que las entidades aseguradoras adopten soluciones que permitan hacer frente a los desafíos impuestos por las actuales circunstancias, pero sin soslayar los principios técnicos de esta actividad regulada.
A raíz de la declaración de emergencia sanitaria y aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesta por el Gobierno Nacional, se presentan ciertos desafíos para las empresas, entre muchos otros también importantes, en materia de:
Las entidades financieras continúan prestando los servicios que usualmente brindan de manera remota, incluyendo la operatoria del mercado de cambios.
Los vencimientos de financiaciones durante la cuarentena, pasarán al 1 de abril de 2020.
En el marco del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 297/20, que dispuso el denominado “Aislamiento social, preventivo y obligatorio”, la Adminsitración Federal de Ingresos Públicos (en adelante, “AFIP”) ha dictado diversas normas en materia impositiva y aduanera, cuyo impacto analizamos a continuación:
De los hechos que se fueron sucediendo con el avance del COVID-19 durante el mes de marzo del corriente año, y el marco legal expuesto a continuación del presente, surge claramente una diferenciación entre trabajadores considerados como afectados a actividades o servicios esenciales, respecto de quienes no lo estuvieran. Entre estos últimos a su vez, cabe diferencia a quienes no pudieran realizar sus tareas en forma remota, o tareas análogas, y finalmente no puedan adaptar su jornada.
A raíz de esta pandemia que aqueja al mundo, y cuyas consecuencias aún son imprevisibles, varios contratos celebrados entre los particulares o empresas, o entre aquéllos y el Estado (Nacional, Provincial, Municipal) están siendo afectados por una serie de limitaciones e impedimentos en su ejecución y cumplimiento.
Como consecuencia de la situación de emergencia sanitaria generada por el COVID-19 se han impuesto una serie de regulaciones y restricciones que en muchas oportunidades modifican las relaciones contractuales y que, en algunos casos, pueden configurar eventos de caso fortuito o fuerza mayor.
La crisis causada por el COVID19 generará un cambio en los aspectos a considerar, obligaciones y garantías propias del M&A de aquí en adelante.