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Factura de crédito electrónica, un instrumento para […]

En tiempos de coronavirus, con la producción en cuarentena y negociación de la deuda argentina, el financiamiento de las empresas y el funcionamiento de su economía es uno de los temas más complejos a resolver. En medio de este panorama, existe una herramienta que se está utilizando cada vez más: la factura de crédito electrónica.

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La protección de datos en pacientes con Covid-19 […]

La ley argentina categoriza los datos de salud de las personas como “sensibles” y los sujeta a una protección rigurosa. Su recolección y posterior uso debe realizarse con especial cuidado, respetando la privacidad de su titular de acuerdo a la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales (LPDP). Por eso, la divulgación del nombre y datos de salud de un paciente de Covid-19 requiere de su consentimiento previo, expreso e informado

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Instructivo para gestionar el Certificado Único de […]

Tener en cuenta que el certificado para circular en Argentina, Certificado Único Habilitante para Circulación (CUHC) tiene carácter de declaración jurada frente a la autoridad, y permite la circulación. Cabe destacar que el Certificado Único de Circulación reemplaza y deja sin validez a todos los trámites o permisos regionales/locales de circulación.

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El coronavirus y los cambios en fusiones y adquisiciones

Es sabido que en tiempos de crisis aumenta la actividad de M&A. Aparecen oportunidades de adquisición de empresas subvaluadas o faltas de liquidez (no directamente aplicable a Argentina por sus desbalances económicos). Sin embargo, basarnos en conclusiones de crisis de mercado anteriores podría ser un mal consejero porque esta crisis global tiene una naturaleza distinta a las anteriores. Ahora, ¿cómo llevar adelante una adquisición socialmente aislados y con tantas variables indefinidas?

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COVID19 y la Protección de los Datos Personales

A partir del dictado del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 260/20, publicado el 12.03.2020, que dispuso la ampliación de la EMERGENCIA SANITARIA, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año, se dispusieron la suspensión de plazos procesales y procedimentales, judiciales y administrativos, por parte de la Administración Pública y Poder Judicial de la Nación, de las Provincias y de la Ciudad Autonóma de Buenos Aires.

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