A partir del dictado del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 297/20, publicado el 20.03.20 (en adelante “Decreto 297”), se ha impuesto en la República Argentina el denominado “Aislamiento social, preventivo y obligatorio”, el cual básicamente tiene por objeto que (i) las personas permanezcan durante el plazo que dure el mismo en sus residencias habituales, (ii) se abstengan de concurrir a sus lugares de trabajo y (iii) en general, se abstengan de desplazarse por rutas, vías y espacios públicos salvo el caso de desplazamientos mínimos e indispensables para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos. Este “aislamiento social preventivo y obligatorio” está previsto que dure hasta el día 13.04.20.
A partir del dictado del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 260/20, publicado el 12.03.2020, que dispuso la ampliación de la EMERGENCIA SANITARIA, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año, se dispusieron la suspensión de plazos procesales y procedimentales, judiciales y administrativos, por parte de la Administración Pública y Poder Judicial de la Nación, de las Provincias y de la Ciudad Autonóma de Buenos Aires.
Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública y su reglamentación
Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, de la Seguridad Social y Aduaneras para MiPyMEs
Ley de Emergencia Pública de la provincia de Buenos Aires
El 16 de octubre de 2019 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 708/2019, mediante el cual se reglamenta la Ley 27.506 relativa al Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, publicada en el Boletín Oficial el 10 de junio de 2019.
Nicholson y Cano asesoró a Ledesma en su gestión de mejoramiento de la administración de pasivos, y lo asistió para el otorgamiento de un financiamiento garantizado por un monto de capital total de US$90 millones estructurado por Nederlandse Financierings-maatschappij voor Ontwikkelingslanden N.V. (“FMO”), como acreedor, agente, y organizador de la transacción, y a Coöperatieve Rabobank U.A. (“Rabobank”), actuando como organizador de la transacción. FMO y Rabobank fueron asesorados por Beccar Varela (Argentina) y Clifford Chance US LLP (Estados Unidos).
A través de su departamento de Real Estate, Nicholson y Cano Abogados, uno de los principales estudios corporativos de la Argentina, está asesorando legalmente al Colegio San Andrés en el traslado de sus sedes educativas al denominado Campus San Andrés, que se encuentra ubicado en la Localidad de Bancalari, Partido de San Fernando.
ADUANA
Restricciones cambiarias en materia de exportaciones e importaciones
Mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 609 del 1/09/2019, reglamentado mediante la Comunicación “A” 6770 del Banco Central de la República Argentina (“BCRA”), el Gobierno restableció transitoriamente el régimen de control de cambios en materia exportaciones e importaciones, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019.
Nota de María Noel Lascano y Cecilia Martín, integrantes del Departamento tributario y aduanero de Nicholson y Cano.
Comenzó a regir el aumento fijado a partir de agosto por la Secretaría de Hacienda, en la tasa de interés resarcitorio para las deudas y créditos que los particulares mantienen con la AFIP, tanto en materia impositiva como aduanera.
Nicholson y Cano Abogados y Cerolini & Ferrari asesoraron a Banco Sáenz y Banco de Servicios y Transacciones en emisión de obligaciones negociables subordinadas.