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Con fecha 11 de abril de 2024, la Inspección General de Justicia emitió las Resolución General 13/2024 en virtud de la cual deroga las Resoluciones Generales IGJ No 34/2020, No 35/2020, No 42/2020 y No 12/2021.
A continuación, se describe los principales aspectos de dicha Resolución:
En virtud de las resoluciones hoy derogadas se había dispuesto que los órganos de administración y fiscalización de las asociaciones civiles, fundaciones con un consejo de administración de integración tempora- ria y electiva, sociedades anónimas comprendidas en el art. 299 de la Ley 19.550 excepto las abarcadas por los incisos 1, 2 y 7 –entre otras entidades- debían estar integrados por la misma cantidad de miembros femeninos que masculinos; y en caso de que el número de composición del órgano fuera impar, el mismo debería contar con un mínimo de un tercio de miembros femeninos.
Cabe destacar que, entre los considerandos de la resolución aquí co- mentada, la propia IGJ menciona que las resoluciones generales dicta- das en esta materia fueron recurridas judicialmente por varios adminis- trados, pronunciándose los tribunales en el sentido de declarar la inva- lidez de las normas cuestionadas considerando que la IGJ no tenía com- petencia sobre la cuestión.
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Nicholson y Cano Abogados
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