Impuesto PAIS: ARCA restablece el procedimiento especial de devolución de pagos a cuenta

Septimebre 2025

En fecha 26/09/2025 entró en vigencia la Resolución General 5765 (“Resolución General”) de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (“ARCA”), que restablece el procedimiento especial de devolución de los pagos a cuenta del Impuesto PAIS que no hayan podido ser computados por los importadores, quienes podrán presentar la correspondiente declaración jurada desde el 6/10/2025 hasta el 19/11/2025, respecto de las siguientes operaciones:


1. Importación de mercaderías con registro de ingreso aduanero, hasta el 12/12/2023, por las cuales:

  • Se hubiera accedido parcialmente al Mercado Único y Libre de Cambios o se hubieran suscripto parcialmente, en pesos, bonos o títulos emitidos en dólares por el BCRA, alcanzados por el Impuesto PAIS a la alícuota del 0%.
  • No se hubiera accedido al Mercado Único y Libre de Cambios, ni se hubieran suscripto, en pesos, bonos o títulos emitidos en dólares por el BCRA. 
  • No se hubiera accedido al Mercado Único y Libre de Cambios y se hubieran suscripto, en pesos, bonos o títulos emitidos en dólares por el BCRA, alcanzados por el Impuesto PAIS a la alícuota del 0%. 

2. Importación de mercaderías con registro aduanero, desde el 13/12/2023 hasta el 24/11/2024, inclusive, respecto de las cuales no se hubiera podido computar el pago a cuenta del Impuesto PAIS por no haber accedido al Mercado Único y Libre de Cambios o por haberlo hecho con posterioridad a la finalización de la vigencia del gravamen.

La devolución se instrumentará en cuotas y solo podrá ser utilizada para la cancelación de derechos de importación. La primera cuota se encontrará disponible el día 15/12/2025 y las restantes dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes calendario.

En razón de las características de cada operación alcanzada por la normativa, recomendamos evaluar en forma anticipada la posibilidad de solicitar la devolución de los pagos a cuenta del Impuesto PAIS en cada caso particular. Nuestro equipo se encuentra a disposición para brindar asistencia y asesoramiento en el proceso de adecuación a estas nuevas disposiciones.

Cecilia M. MartínSocia

T: +54 (11) 4872 1636 – cmartin@nyc.com.ar

Ariel R. Mainike | Abogado

T: +54 (11) 4872 1780 – amainike@nyc.com.ar

La presente publicación es preparada para informar a nuestros clientes. No tiene y no pretende tener naturaleza exhaustiva. Debido a la generalidad de su contenido no debe ser considerada como un asesoramiento legal.

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