El 29/06/2026 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General N°5866/2026, que modificó el régimen de facturación reglamentado mediante la RG N°1415/2003 y, a tal fin, precisó el momento en que deberán emitir la correspondiente factura por sus honorarios los directores y demás sujetos alcanzados.
Conforme la nueva norma, quienes detenten los cargos de director, síndico y miembros del consejo de vigilancia de sociedades anónimas, así como cargos equivalentes de administrador y miembros del consejo de administración de otras sociedades, asociaciones, fundaciones y cooperativas, deberán emitir la factura correspondiente a las prestaciones inherentes a dichos cargos el día en que se efectúe su asignación individual, por la asamblea de accionistas o reunión de socios, o por el directorio u órgano ejecutivo, según corresponda.
El comprobante deberá ser entregado dentro de los diez (10) días corridos contados desde su fecha de emisión.
Cecilia M. Martín | Socia
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Ariel Mainike | Abogado
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