AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO: Derogación del Régimen de Información Complementario de Operaciones Internacionales (“RICOI”) – Resolución General Nº 5.306.

Resolución General N° 5772/2025

El 21 de octubre de 2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso la derogación del Régimen de Información Complementario de Operaciones Internacionales (RICOI), en línea con el objetivo de simplificar las obligaciones de los contribuyentes y reducir las cargas administrativas, conforme a los lineamientos establecidos por el Decreto N° 353/2025 del Poder Ejecutivo Nacional.

El régimen estaba dirigido a sociedades, entidades sin fines de lucro, fondos comunes de inversión, fideicomisos y establecimientos permanentes constituidos o ubicados en la Argentina, excepto las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) Tramo I y II, en todas sus categorías.

El RICOI requería declarar una amplia gama de operaciones internacionales realizadas con (i) Partes vinculadas del exterior (personas jurídicas, patrimonios de afectación, fideicomisos o establecimientos radicados fuera del país) y (ii) Sujetos domiciliados en jurisdicciones no cooperantes o de baja o nula tributación, ya sea que actuaran directamente o a través de establecimientos permanentes.

Entre las operaciones que debían informarse se incluían aquellas que involucraban vínculos económicos relevantes con establecimientos permanentes en el país, proyectos u obras desarrolladas en Argentina por empresas extranjeras mediante contratos sucesivos de más de seis meses; estructuras internacionales que generaran doble no imposición o traslado de beneficios hacia otras jurisdicciones; mecanismos que eludieran el intercambio automático de información conforme los estándares CRS o FATCA; así como reestructuraciones empresarias, enajenaciones indirectas, concesiones de explotación, operaciones de leasing internacional y pagos al exterior por parte de entidades sin fines de lucro. También debían informarse aquellas operaciones que otorgaran ventajas fiscales indebidas, como pagos deducibles a entidades sin residencia fiscal o esquemas que permitieran duplicar deducciones o amortizaciones en distintas jurisdicciones.


El régimen deja de aplicarse para los ejercicios cerrados a partir del 1° de mayo de 2025. 

Con esta medida, la ARCA apunta a un proceso de revisión y simplificación de regímenes informativos, buscando una administración tributaria más ágil, moderna y enfocada en la eficiencia operativa.

Cecilia MartinSocia

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Gimena Carro | Abogada

T: +54 (11) 6430 1697 | gcarro@nyc.com.ar

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