Un repaso por las normas que durante el último tiempo tomó el organismo para agilizar la operatoria y permitir el acceso a herramientas financieras.
La Comisión Nacional de Valores (CNV), en el marco de su proceso de desregulación y simplificación normativa, emitió, durante el último tiempo, diversas normas que apuntan a simplificar y ampliar el acceso al mercado de capitales.
El pasado 3 de septiembre, dispuso la Resolución General 1084, con el objetivo de “modernizar y agilizar la operatoria de los fideicomisos financieros”. Se trata de una normativa que apunta a reducir las cargas formales y simplificar trámites.
Entre los principales cambios se destaca la eliminación de requisitos formales, tales como certificaciones y legalizaciones que antes eran obligatorias. Documentos como actas, notas, informes o contratos podrán presentarse de manera más sencilla, evitando la necesidad de firmas certificadas o legalizaciones profesionales.
Además, simplifica el contenido los prospectos y suplementos, eliminando cierta información, tal como la relativa al número de empleados, política ambiental y aquella normativa vinculada con el ingreso de fondos del exterior.
Otro aspecto clave es que se agregan mejoras en los programas globales, permitiendo la incorporación de nuevos fiduciantes con mayor facilidad.
Asimismo, se destaca la flexibilización en la inscripción de los fiduciarios en el Registro de Fiduciarios Financieros de la CNV.
A partir de ahora, se eliminan ciertos requisitos formales y se dispone que, si una sociedad no actúa como fiduciario en al menos un fideicomiso financiero —sea privado o con oferta pública- durante dos ejercicios comerciales, la CNV revoca su inscripción y dispone el cese de su actividad, no pudiendo volver a solicitar la inscripción por el término de dos años. Considerando ello, resulta importante tener presente que en caso de inacción por el término de dos años debería solicitarse la baja del registro, en forma previa a que se cumpla dicho plazo, para evitar la revocación de la inscripción y consecuentemente la prohibición de solicitar nuevamente la inscripción por el término de dos años.
También se simplifican exigencias contables: se podrá optar por presentar certificaciones contables trimestrales emitidas por un contador público independiente en lugar de estados contables trimestrales, lo que implica ahorro de tiempos y costos.
Finalmente, la CNV decidió eliminar regímenes que habían quedado en desuso, o se sustituyeron por nuevos regímenes, como los relativos a fideicomisos financieros solidarios, los fideicomisos financieros abreviados y el régimen de trámite simplificado.
Se observa una reducción significativa en la cantidad de artículos (pasando de 124 a 87) y representa una señal concreta de simplificación y dinamismo que apunta a lograr un marco regulatorio más ágil, simple y alineado con las necesidades del mercado.
Cambios en los FCI
Por otro lado, el pasado 15 de septiembre entró en vigor la Resolución General 1082, que reglamenta el régimen de oferta pública con autorización automática de fondos comunes de inversión abiertos (FCI).
Dicho régimen resulta aplicable cuando el nuevo FCI a constituirse cuente con identidad de denominación y política de inversión o, en su caso, constituya un régimen especial, respecto a otros fondos ya autorizados por la CNV, y sea constituido por la misma sociedad gerente (aunque puede cambiar de depositaria).
La resolución incorpora un procedimiento de “adenda automática”: si las modificaciones al reglamento de gestión no cambian la denominación, los objetivos y política de inversión, el régimen especial ni los órganos del FCI. Las adendas y el texto ordenado deben ser publicados directamente en la AIF, indicando que no fueron objeto de revisión por parte de la CNV.
Adicionalmente, la resolución prevé que el régimen informativo aplicable a los FCI abiertos continuará vigente, y que el procedimiento automático no exime a los órganos del FCI de cumplir con las obligaciones de transparencia previstas en el artículo 117 de la Ley Nº 26.831 y normas concordantes. Mientras que mantiene la aplicación supletoria de las normas generales para todo lo no regulado específicamente.
Para facilitar la implementación, el organismo puso a disposición un Instructivo de presentaciones, con pautas sobre creaciones y adendas de FCI en trámite, creación de nuevos fondos y nuevas adendas de los reglamentos de gestión.
En definitiva, la Resolución General 1082 de la CNV introduce un cambio importante para la industria de fondos: agiliza la creación y modificación de FCI abiertos mediante un esquema de autorización y adendas automáticas, reduciendo tiempos y cargas operativas sin resignar transparencia ni control.
Con esta herramienta, se abre la puerta a un mercado de capitales más dinámico, competitivo y con mayores oportunidades de innovación.
Por Juan Martin Ferreiro y Jésica Pabstleben (Abogados de Nicholson y Cano).